El fiscal del condado de Ocean, Bradley D.. Billhimer anunció que en septiembre 25, 2025, Tysan Davis, 36, de Lakewood, fue acusado de incendios provocados en relación con un incidente que ocurrió en Lakewood en septiembre 25, 2025.
En septiembre 25, 2025, aproximadamente a 4:45 pm., El Departamento de Policía del Municipio de Lakewood y los departamentos de bomberos respondieron a Fairway Villas para un informe de un incendio de estructura. A su llegada, el personal de emergencia observó un montón de ropa ardiendo y un condensador de aire acondicionado en llamas. El personal de emergencia extinguió el incendio. Una investigación exhaustiva y extensa realizada por la Unidad de Delitos Mayores-Escuadrón de Incendios Incendiarios de la Oficina del Fiscal del Condado de Ocean, Unidad de Investigación de la Escena del Crimen de la Oficina del Sheriff del Condado de Ocean, Oficina de detectives del Departamento de Policía del municipio de Lakewood, y la Oficina del Jefe de Bomberos del Condado de Ocean, reveló que el fuego se originó en la esquina suroeste del patio de concreto de la residencia. Se determinó que la causa del fuego era incendiaria mediante el uso de una llama abierta para encender líquido.
A través de una investigación continua, Davis fue identificado como el individuo responsable de encender el fuego. Davis fue detenido en la sede del Departamento de Policía de Lakewood Township. Fue transportado a la cárcel del condado de Ocean., donde se encuentra actualmente en espera de una audiencia de detención.
El fiscal Billhimer elogia la Oficina del Fiscal del Condado de Ocean., Unidad de Investigación de la Escena del Crimen de la Oficina del Sheriff del Condado de Ocean, Oficina de detectives del Departamento de Policía del municipio de Lakewood, y la Oficina del Jefe de Bomberos del Condado de Ocean, por su colaboración en relación con esta investigación.
Los cargos mencionados anteriormente son meras acusaciones y se recuerda a la prensa y al público que todos los acusados se presumen inocentes a menos y hasta que se demuestre su culpabilidad más allá de toda duda razonable en un tribunal de justicia..
RPC. 3.6(b)(6).